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Job Post Details
ENFERMERO(A) DE URGENCIAS - job post
Ubicación
Descripción completa del empleo
Institución
Convocatoria
Nº de Vacantes
Área de Trabajo
Región
Ciudad
Tipo de Vacante
Postulaciones a esta convocatoria
- Copia Cédula de Identidad
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Otros (Certificado Superintendencia de Salud y Carnet, Certificado o Prueba de Antígeno de vacunación Hepatitis B.)
- CV Formato Libre (Propio)
Tengo el documento requerido
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Postular a la Convocatoria
-
Renta Bruta
1.818.894
Condiciones
- Renta bruta: $ 1.818.894
- Alimentación: Se otorgará $5.000 pesos por día trabajado a través de tarjeta EDENRED.
- Bono Trimestral de Zonas Extremas $210.801 afecta a descuentos previsionales e impuesto único (segunda categoría), el cual se paga los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre respectivamente.
- Tiempo de Prueba: Desde el momento de su contratación, existirá un periodo de tres meses a prueba y dependerá de la evaluación de su jefatura la renovación de la contratación.
Objetivo del cargo
-
Funciones del Cargo
- Planificar, ejecutar y evaluar el proceso de Enfermería y de las atenciones de los usuarios de la Unidad de Urgencia.
- Conocer, aplicar y evaluar los protocolos y políticas institucionales vigentes y relacionadas con Prevención de Infecciones Asociadas a la Atención de Salud (IAAS), Calidad, Seguridad de la atención de Enfermería.
- Gestionar la adecuada satisfacción del usuario en su Unidad.
- Asegurar la gestión y funcionamiento técnico y administrativo de su Unidad.
- Realizar categorización de riego dependencia de pacientes y categorización de pacientes según estado de severidad de la emergencia (ESI).
- Ejecución de procedimientos invasivos y no invasivos de Enfermería, derivados de la atención del usuario.
- Ejecutar manejo de pacientes que se encuentren en situación crítica.
- Coordinar las gestiones de salud con los servicios y unidades de apoyo.
- Desarrollar acciones de Gestión inherentes al rol clínico con las diferentes unidades.
- Supervisar las acciones destinadas a asegurar y mantener la comodidad, el aseo y confort del paciente.
- Colaborar en la coordinación de acciones relacionadas con calidad y seguridad del paciente dentro de la unidad e institución cuando se requiera.
- Contribuir en la generación de actividades de mejora continua dentro del Establecimiento.
- Participar activamente en el monitoreo y asesoramiento a las unidades en el proceso de acreditación de prestadores institucionales.
- Colaborar en la orientación del personal que se incorpora a la Unidad de Urgencias.
- Participar en los comités designados por su jefatura.
- Colaborar en la confección y actualización de normas y procedimientos asociados a la atención de Enfermería.
- Participar en el proceso de formación y orientación de alumnos en práctica (Enfermeros/as y TENS)
- Colaborar en la confección de planes, programas y protocolos dirigidos al personal de la institución y material educativo para usuarios/as, familias y personal de salud cuando se requiera.
- Mantener capacitación permanente, tanto del área de urgencia, como en capacitaciones recomendadas por la jefatura.
- Registro y apoyo estadístico mensual de atención de pacientes.
- Colaborar en proyectos de investigación del área de enfermería.
- Promover, organizar y participar en reuniones clínicas del área de salud del establecimiento y de auditoría de procesos de enfermería.
- Mantener a la jefatura informada de las novedades ocurridas durante el desarrollo de su turno.
- Velar por los cumplimientos de protocolos de Calidad y Seguridad del paciente.
- Realizar labores administrativas inherentes al cargo.
- Manejo computacional nivel básico o medio en Word, Excel, plataformas Rayen y de Datos de Atención de Urgencias (DAU).
- Además de todas las funciones que asigne su Jefatura directa, Subdirección Médica y/o Dirección del Hospital Comunitario de Queilen para el correcto funcionamiento del Establecimiento de Salud.
Perfil de la Función
Formación Educacional
- Título Profesional:
- Título Profesional de Enfermero(a), otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente de al menos 8 semestres.
Especialización y/o Capacitación
- Capacitaciones y/o perfeccionamiento Excluyente en (al menos 2 de las siguientes):
- Emergency Severity Index (ESI).
- Reanimación Cardiopulmonar Básico (RCP).
- Prevención de infecciones asociadas a la atención de salud (IAAS).
- Salud Familiar (ECICEP o MAIS).
- Capacitaciones y/o perfeccionamiento Deseable en:
- Manejo Avanzado de Heridas.
- Categorización Riegos Dependencia de Pacientes.
- Manejo de Residuos en Establecimientos de Atención en Salud (REAS).
- Calidad y Seguridad del Paciente.
- Reanimación Cardiopulmonar Avanzada (RCP)
- Cualquiera que, a criterio de los miembros de la Comisión de Selección, esté relacionada con el cargo.
Experiencia sector público / sector privado
- Experiencia Profesional Excluyente:
- Certificar Experiencia Laboral/Profesional mínima exigida por Ley 18.834 (DFL 22/2017), posterior a la obtención del título profesional con el cual postula, es decir, experiencia no inferior a un (1) año para títulos profesionales de una carrera de, a lo menos, 10 semestres de duración; o, de dos (2) años para títulos profesionales de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración.
- Certificar Experiencia Profesional en Unidades y/o Servicios de Hospitalizado y/o Urgencias, al menos un (1) año en Instituciones de Salud Pública y/o Privados.
- Experiencia Profesional Deseable:
- Experiencia Profesional al menos seis (6) meses en Hospitales Comunitarios o de Baja Complejidad en Unidades de Urgencia y/o SAPU, SAR, SUR o SAMU.
Competencias
Requisitos Generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
f) Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
-
Requisitos Específicos
REQUISITOS ESPECIFICOS.
Cumplir con los requisitos de ingreso a la Administración Pública según lo dispuesto en el Art. 11º y 12º de la Ley 18.834 y lo establecido en el DFL 22/2017 que establece la planta y requisitos de contratación para funcionarios del Servicio de Salud Chiloé y no encontrarse afecto a causales de inhabilidades previstas en el Art. 56 de la Ley 19.653.
Conforme a lo señalado en el artículo 2º, N.º 1.2 del DFL 22/2017 del Ministerio de Salud, que fija la Planta de Personal del Servicio de Salud Chiloé, señala que para los efectos de este artículo, el Director del Servicio de Salud deberá establecer en las bases del concurso de ingreso, los títulos profesionales o técnicos específicos que se requieran para la función que desempeñará el o los cargos a proveer.
La expresión “validados”, debe entenderse que comprende el reconocimiento y revalidación y convalidación de títulos profesionales que le corresponde efectuar a la Universidad de Chile, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6° del decreto con fuerza de ley N°3, de 2006, del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuera de ley N°153, de 1981, de la misma Secretaría de Estado, que aprueba los estatutos de esa casa de estudios superiores, sin perjuicio de lo establecido en los Tratados Internacionales, vigentes sobre la materia.
Grado
Requisitos
14
Alternativamente
i) Título Profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a un (1) año, en el sector público o privado; o,
ii) Título Profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a dos (2) años, en el sector público o privado.
Etapas de Selección
Excluyente
relacionados con las funciones del cargo.
Excluyente
Excluyente
Deseable
Documentos Requeridos para Postular
- Copia Cédula de Identidad
- Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
- Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados, según corresponda
- Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
- Otros (Certificado Superintendencia de Salud y Carnet, Certificado o Prueba de Antígeno de vacunación Hepatitis B.)
- CV Formato Libre (Propio)
Preguntas al Postulante
Iniciar Sesión
Calendarización del Proceso
El portal estará habilitado para recibir postulaciones hasta las 16:00 horas del día 18/12/2025
Condiciones Generales
- El Hospital Comunitario de Queilen se reserva el derecho de validar los antecedentes presentados por los postulantes. Se toma conocimiento que podrían ser solicitados más antecedentes en caso de ser necesario.
- De acuerdo con “El procedimiento de declaración de antecedentes” del Portal de Empleos Públicos, se señala lo siguiente: El/la usuario/a será responsable de tener documentos actualizados al momento de postular a una convocatoria en específico.
- La documentación enviada debe ser LEGIBLE, y debe ser remitida como archivo adjunto y no en formato de imagen. No se permitirán documentos compartidos en nubes virtuales.
- Cada documento que se presente o se omita en la presente postulación es de responsabilidad exclusiva del postulante y no del Hospital Comunitario de Queilen. NO SE CONSIDERARÁN AQUELLOS DOCUMENTOS ENVIADOS POR CORREO ELECTRONICO
- Los funcionarios que se desempeñen en el Hospital Comunitario de Queilen y/o Servicio de Salud Chiloé, que deseen postular, deberán presentar todos los antecedentes señalados en igualdad de condiciones con los demás postulantes.
- Aquellas postulaciones que no adjunten alguno de los antecedentes individualizados anteriormente, quedarán fuera del proceso, asimismo, aquellos antecedentes que debieran acreditar experiencia y capacitación mencionadas en el currículum no serán considerados en el proceso de selección.
- Portal de Empleos Públicos www.empleospublicos.cl, utilizando modalidad “postulación en línea”, para lo cual los postulantes deberán estar registrados en el portal, verificar que sus antecedentes curriculares se encuentran actualizados en el mismo e incorporar a través del sistema los documentos señalados en el numeral VII de las bases, todo esto antes de confirmar su postulación, será responsabilidad de cada postulante cargar los documentos que se solicitan. En caso de requerir apoyo u orientación, se sugiere consultar procedimiento técnico disponible en apartado “Documentación” del mismo portal o comunicarse vía telefónica con la mesa de ayuda al 101 opción 1-0 al número 800104270, en horario de oficina.
- No dar cumplimiento a los requisitos obligatorios que se estipulan en las presentes bases.
- No adjuntar en su postulación toda la documentación solicitada dentro del plazo estipulado y a través del medio habilitado para estos efectos.
- Errores en postulación, tales como omisión de información que es obligatoria, errores en ingreso de fechas exactas con día, mes y año, información detallada de cursos, etc.
- Postulaciones ingresadas por correo electrónico o en oficina de partes.
- No presentarse a cualquiera de las etapas de Entrevista, ya sea la Evaluación Psicolaboral o por Comisión, cualquiera sea su modalidad.
- Quienes se encuentren haciendo uso de licencia médica laboral conforme a lo señalado en el Decreto Supremo N° 3, de 1984, del Ministerio de Salud, y se presenten a alguna o ambas etapas de entrevistas (evaluación psicolaboral y/o por comisión), cualquiera sea su modalidad, a excepción de las licencias médicas de tipo maternal.
- No presentar documentación original de su postulación en caso de ser solicitada.
- El/la Responsable de Reclutamiento y Selección y/o Consultora Externa, realizarán un pre-filtro correspondiente a las postulaciones recepcionadas y en base a los requisitos señalados en las bases del proceso y las normativas vigentes. Este filtro, se fundará en un criterio dicotómico, es decir, cumple o no cumple con las exigencias mínimas de postulación respecto a los requisitos de postulación y la adecuación al perfil del cargo de la vacante ofrecida.
- A la Comisión del proceso se les presentará sólo aquellas postulaciones que cumplen con los requisitos de postulación, la adecuación al perfil del cargo, es decir, que acreditaron todos los antecedentes solicitados en las bases en el apartado “Requisitos Específicos”, la Comisión Técnica revisará cada uno de los Antecedentes de las postulaciones y le otorgará el puntaje correspondiente, registrando el Ranking de Puntajes en Acta.
- El puntaje al que pueden optar como máximo cada uno de los postulantes es de 100 puntos. Las etapas son excluyentes y por ende quienes no obtengan al menos el puntaje solicitado e indicado como mínimo en cada factor y/o sub factor de evaluación, quedarán excluidos automáticamente de continuar el proceso.
- Realizado el análisis curricular correspondientes a la Etapa I del Proceso de Selección, se confeccionará una nómina preliminar con los postulantes que hayan obtenido el puntaje necesario para acceder a la siguiente etapa, ordenada en orden decreciente según el puntaje obtenido. Accederán a la Etapa II correspondiente a la Evaluación Psicolaboral, los/as postulantes que se encuentren dentro de los primeros quince (15) mejores puntajes.
- En igualdad de puntaje total (Etapas I y II), se aplicará, para el desempate, el puntaje parcial de los siguientes subfactores, en el orden de precedencia que se señala:
- Subfactor – Experiencia Laboral
- Subfactor – N° de horas de capacitación relacionada con el perfil del cargo.
- En caso de mantenerse el empate en los subfactores antes mencionados, decide la Comisión, consignando en el acta el criterio considerado.
- En el caso de que alguno/a de los/las postulantes seleccionados para la Evaluación Psicolaboral desista de continuar en el proceso, se ampliará la nómina hasta un máximo de cinco (5), respetando el orden decreciente del Ranking.
- En igualdad de puntaje total (Etapas I y II), se aplicará, para el desempate, el puntaje parcial de los siguientes subfactores, en el orden de precedencia que se señala:
- Accederán a la etapa III Entrevista Final por Comisión los/as diez (10) candidatos/as que hayan obtenido los mejores puntajes hasta el Subfactor anterior (sumatoria de puntajes Etapa I y II), si alguno/a de los/las postulantes seleccionados para la Entrevista Final desista de continuar con el proceso, se ampliará la nómina hasta un máximo de cinco (5), respetando el orden decreciente del Ranking. En caso de empate, la Comisión se reservará el derecho de seleccionar en vista de los antecedentes presentados.
- Toda modificación, actualización, información adicional, cambios en el cronograma y estado de avance del proceso serán publicados en la página web del Hospital Comunitario de Queilen https://hospitalqueilen.redsalud.gob.cl/, enlace “Trabaje con Nosotros”.
- Solo los postulantes que aprueben cada una de las etapas serán notificados e informados, vía correo electrónico o vía telefónica.
- Mientras dure el proceso de selección, será responsabilidad de cada postulante la revisión de la página web https://hospitalqueilen.redsalud.gob.cl/empleos-publicos/, enlace “Trabaje con Nosotros”, y de su cuenta personal de correo electrónico/teléfonos consignados en el formulario de postulación de Empleos Públicos, puesto que serán los mecanismos de contacto formales y oficiales del presente proceso, no pudiendo el postulante declarar desconocimiento de la información publicada y/o citaciones realizadas.
- Los plazos mencionados en el aviso del cargo para las diversas etapas del proceso de selección son bajo el criterio de máxima amplitud; por ende, si al cabo de 30 días hábiles, no ha habido contacto con el postulante, esto se debe a que sus antecedentes no han sido preseleccionados para la fase siguiente, en tanto que, para las etapas siguientes, sólo se contactará a quienes vayan siendo preseleccionadas en cada una de las etapas del proceso.
-
- El proceso será declarado desierto cuando ningún postulante logre el mínimo de puntaje establecido en cada una de la etapa asociada al proceso, eso se realizará mediante un acto administrativo el que será publicado en la página web del Servicio y/o Hospital.
-
- El Cronograma puede sufrir modificaciones por causas no previstas, en dichos casos, los postulantes preseleccionados serán informados con la debida antelación.
-
- CONSULTAS sobre el proceso de reclutamiento y selección a alguno de los siguientes correos electrónicos: seleccion.hqueilen@redsalud.gob.cl.
- RECLAMOS referentes al proceso de selección se podrán realizar hasta 10 días posteriores al conocimiento de los resultados obtenidos por el/la postulante, los reclamos deben ser mediante OIRS.
- SOLICITUD DE INFORMACIÓN REFERENTE AL PROCESO DE SELECCIÓN a través del Portal de Transparencia conforme a lo señalado en la Ley 20.285.
-
- Una vez finalizado el proceso de selección respectivo, se enviará a la autoridad facultada, para efectuar el nombramiento, la nómina de candidatos elegibles que hubieren obtenido los mayores puntajes, con un máximo de cinco (05), si existieran empates en los puntajes finales obtenidos, se presentará los cuatro mayores puntajes, respecto de cada vacante a proveer.
- De considerarlo necesario el Director del Hospital Comunitario de Queilen entrevistará (de manera presencial o a través de algún medio digital) a uno o a todos los postulantes que conformen el listado de elegibles.
- El Director del Hospital Comunitario de Queilen una vez recibido los resultados finales, procederá a seleccionar al candidato que considere más idóneo y competente para desempeñarse en el cargo.
- No existirá instancia de apelación de la decisión adoptada.
- En el caso de considerar que ninguno de los postulantes se ajusta al perfil definido por la institución, la autoridad señalada podrá ordenar fundadamente un nuevo proceso de reclutamiento y selección, por una única vez.
- El Jefe de la Unidad de Personal del Hospital Comunitario de Queilen, a través de la Unidad de Reclutamiento y Selección, notificará, vía correo electrónico, al (los) postulante(s) seleccionado, teniendo como plazo un mes finalizado este.
"Los postulantes evaluados como idóneos que no fueren seleccionados en este proceso, especialmente aquellos que integran la nómina propuesta para la selección por parte de la autoridad facultada para ello, podrán ser considerados para contratación directa si se requiere cubrir un cargo de similares características, dentro de los siguientes seis meses de finalizado el presente proceso de selección. Asimismo, si la persona seleccionada desiste antes de su ingreso, renuncia dentro de los primeros 6 meses, o si no se renueva la contratación terminada el periodo de prueba, también podrá considerarse para contratación directa de algún postulante de la lista de candidatos idóneos, antes mencionada."
Las condiciones y contenidos especificados en esta publicación son determinados por el servicio público convocante. Asimismo, el desarrollo del proceso de selección es de su exclusiva responsabilidad.
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